Para pasar la revisión necesitará:

 
La tarjeta de inspección técnica del vehículo
  El permiso de circulación
  DNI

La inspección técnica periódica de los vehículos la puede realizar cualquier persona siempre y cuando aporte la documentación necesiaria.

 
Turismos particulares hasta 4 años
de 4 a 10 años
más de 10 años
exento
bienal
anual
 
Motocicletas hasta 4 años
más de 4 años
exento
bienal
 
Vehiculos de transporte de mercancías de PMA menor o igual a 3,5 t hasta 2 años
de 2 a 6 años
de 6 a 10 años
más de 10 años          
exento
bienal
anual
semestral 
 
Vehiculos para transporte de mercancías, de PMA mayor a 3,5 t y cabezas tractoras hasta 1 año
de 1 a 10 años
más de 10 años
exento
anual
semestral
 
Autobuses de 10 o más plazas hasta 5 años
más de 5 años
anual
semestral
 
Vehículos Agrícolas hasta 8 años
de 8-16 años
más de 16 años
exento
bienal
anual
 
1ª Inspección
 
  Turismos Particulares: a los 4 años de la matriculación

  Furgonetas y vehículos mixtos:
a los
2 años de la matriculación

  Vehículos de más de 3.500Kg.:
a
1 años de la matriculación

  Motocicletas:
a los
5 años de la matriculación
 
No olvide colocar el distintivo I.T.V. (pegatina) en el ángulo superior derecho del cristal delantero (R.D. 1987/1985)

 RECUERDE: Que la próxima revisión de su vehículo debe realizarla antes del día de vencimiento anotado en su tarjeta ITV